PTU 2026

Los patrones que determinen participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) deberán manifestarla en la declaración anual del ISR correspondiente. Existen contribuyentes relevados de presentar declaración anual, quienes deberán controlarla en sus papeles de trabajo.

En el caso de personas morales, el aplicativo del SAT permite optar por el cálculo automático de la PTU o su determinación manual; tratándose de personas físicas, se deberá manifestar directamente el importe determinado.
Es importante considerar que existen supuestos en los cuales no se está obligado al reparto de PTU, entre ellos:

· Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento

· Empresas de nueva creación que elaboren un producto nuevo, durante los dos primeros años

· Contribuyentes cuyos ingresos anuales para efectos de ISR no excedan de $300,000

Registro contable

Una vez determinada la PTU causada, deberá reconocerse contablemente conforme a la NIF C-9 “Provisiones, contingencias y compromisos”. Derivado de los límites establecidos en la reforma del 23 de abril de 2021, el monto a repartir puede ser menor a la PTU causada.
Para su registro se considera lo siguiente:
1.    La PTU causada se reconoce mediante asiento de ajuste en diciembre del ejercicio correspondiente, cargando a gasto y abonando al pasivo.
2.    Cuando la PTU a repartir sea menor a la causada, se cancela el pasivo y se reconoce el efecto en resultados, ya sea como disminución del gasto o como otro ingreso, según corresponda. Asimismo, se registra el pago al trabajador y la retención de ISR.
3.    El ISR retenido se entera en el mes siguiente, junto con las retenciones por sueldos y salarios.
Puntos a observar:
1.    Elaborar el proyecto de reparto considerando trabajadores con derecho, días laborados, salarios devengados y topes aplicables.
2.    Integrar la Comisión Mixta de Reparto de Utilidades, como obligación patronal.
3.    Cumplir con las fechas de pago:
· Personas morales: a más tardar el 30 de mayo de 2026
· Personas físicas: a más tardar el 29 de junio de 2026

Por: MIGUEL ANGEL ENRIQUEZ UREÑA

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