UMI para 2025

La Unidad Mixta Infonavit (UMI) es la referencia utilizada para los créditos del Infonavit denominados en salarios mínimos. Desde abril de 2016, la actualización anual de los créditos originados en salarios mínimos se ajusta según el menor de los siguientes indicadores: el incremento porcentual del salario mínimo o el crecimiento porcentual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La UMI es la unidad monetaria que refleja este ajuste mínimo.

Para 2025, los créditos denominados en salarios mínimos se actualizarán con una tasa de 4.21%. Esto implica que el valor de la UMI debería ser $105.05 pesos diarios.
Sin embargo, el Infonavit ha publicado en su sitio web el mismo valor de la UMI para 2025 que corresponde a 2024, es decir, $100.81 pesos diarios. Es importante que este dato se corrija para evitar confusiones entre los usuarios del sistema.
Evolución histórica de la UMI
A continuación, se presenta una tabla con los valores históricos y las tasas de variación de la UMI, comparados con los incrementos del salario mínimo y la UMA:
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Para 2025 el valor de la UMI debería ser de 105.05 y no de 100.81 como lo ha publicado el INFONAVIT.

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Como se observa, el valor publicado por el Infonavit para 2025 de $100.81 no corresponde a la actualización calculada de acuerdo con la regla de ajuste. El valor correcto debería ser $105.05 pesos diarios.

Esperamos que esta discrepancia se aclare y se actualice el valor de la UMI en el sitio web oficial del Infonavit para garantizar la transparencia y precisión en la información.

Autor: LCP MIGUEL ANGEL ENRIQUEZ UREÑA

Fuente: https://www.sfacil.com/post/umi-para-2025?mc_cid=24707fec39&mc_eid=8c3eaa1a31

Nuevo Valor de la UMA para 2025

INEGI publica los valores actualizados de la UMA para 2025

El 9 de enero de 2025, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) dio a conocer los valores actualizados de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), los cuales entrarán en vigor el 1 de febrero de 2025.

De acuerdo con la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, el cálculo se realizó considerando la inflación registrada durante 2024. Los valores son los siguientes:
  • Diario: $113.14

  • Mensual: $3,439.46

  • Anual: $41,273.52

Esto representa un incremento del 4.21% en comparación con el valor de 2024 ($108.57 diarios).
La UMA es utilizada como referencia económica en diversas disposiciones legales, incluyendo cálculos de obligaciones fiscales, créditos hipotecarios y multas, entre otros.
Para más información, puedes consultar el comunicado oficial del INEGI en el siguiente enlace: INEGI - Publicación UMA 2025
Nueva Clave “06”

Nueva clave “06” del catálogo “Objeto Impuesto” y marca de retención para emisores del CFDI

Con la publicación de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024, incluyendo los anexos 1, 1-A, 14, 15 y 29, el 12 de diciembre de 2024, se incorporaron cambios relevantes relacionados con los CFDI de tipo ingreso. Estos incluyen la incorporación de una nueva clave en el catálogo de “Objeto  Impuesto” y modificaciones en la marca de retención.

1. Clave “06 - Sí objeto del IVA, No traslado IVA”
Conforme al Artículo Décimo del Decreto que fomenta la inversión en los Polos Industriales del Bienestar Progreso I y Mérida I (POINBI) en Yucatán, se otorga un estímulo fiscal consistente en un crédito equivalente al 100% del IVA por ciertas operaciones. Este estímulo será procedente mientras no se traslade al adquirente de los bienes o servicios mencionados cantidad alguna por concepto del Impuesto al Valor Agregado y, en tanto, los bienes, servicios o el uso o goce temporal de bienes sean utilizados y aprovechados por los adquirentes en la realización de sus actividades económicas productivas al interior de los polos.
En las reglas de RMF se contempla que los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal en materia del IVA por las operaciones que realicen al interior de los POINBI, para efectos de la expedición de los CFDI podrán reflejar la aplicación del estímulo fiscal en el CFDI, usando la clave "06", "Sí objeto del IVA, No traslado IVA" del catálogo c_ObjetoImp, que señala el Anexo 20, en las actividades económicas productivas que realicen.
Aunque aún no se actualiza el catálogo “Objeto Impuesto” del CFDI versión 4.0, se espera que en los próximos días se publique la modificación correspondiente y que los contribuyentes puedan plasmar la calve correspondiente en los comprobantes fiscales que emitan.
2. Marca de retención para emisores del CFDI
El Anexo 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal establece disposiciones para los Proveedores de Certificación (PCCFDI) y los CFDI, incluyendo la validación de la marca de retención. Esta marca corresponde a los contribuyentes emisores de CFDI de tipo Ingreso que son sujetos de retención de impuestos, anteriormente se contemplaban tres incisos y actualmente se modifica el inciso “a” y se deroga el inciso “c”, sirva la siguiente tabla comparativa para mostrar los cambios.
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Conclusión:

Estos ajustes refuerzan la claridad en la emisión de CFDI y alinean las disposiciones con los estímulos fiscales vigentes. Es fundamental que los contribuyentes actualicen sus procesos para reflejar correctamente estas modificaciones y eviten errores en la aplicación de las reglas fiscales.
LCP Miguel Ángel Enríquez Ureña
Fuente:  https://www.sfacil.com/post/clave-06-del-cat%C3%A1logo-objeto-impuesto-y-marca-de-retenci%C3%B3n-para-emisores-del-cfdi